DISPOSITIVA

Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la DRA. MAGALY DAVILA AVILA, Defensor Público Sexto Penal de esta Circunscripción Judicial, en su carácter de defensora del ciudadano ARRIETA ANGEL CUSTODIO, venezolano, nacido en el Estado Aragua en fecha 11-10-66, de 36 años de edad, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad No. V-6.321.354, contra la decisión dictada en fecha 03 de Mayo de 1.988, por el extinto Juzgado Decimoséptimo de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, mediante la cual decretó la Detención Judicial de su defendido, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, cometido en fecha perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de YANEZ MENDOZA JOSE BELEN y CONFIRMA la decisión apelada .

Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese la presente decisión y

déjese copia. Remítanse las actuaciones en su oportunidad legal al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de esta Circunscripción Judicial.

Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a los cuatro (04) días del mes de Diciembre de dos mil dos. Años : 192° de la Independencia y 143° de la Federación.


LA JUEZ PRESIDENTE


Dra. PATRICIA MONTIEL MADERO


LA JUEZ PONENTE LA JUEZ


Dra. AURISTELA SALAZAR DE M. Dra. RORAIMA MEDINA GARCIA


EL SECRETARIO


Abg. JUAN CARLOS PALENCIA


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado .


EL SECRETARIO


Abg. JUAN CARLOS PALENCIA








Causa No. 1Aa-1793-02
ASM/