REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 20 de Diciembre de 2002
192º y 143º


Por recibido el presente expediente, procedente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, conformado por dos piezas: la primera (1era) pieza constante de doscientos cincuenta y nueve (259) folios útiles, la segunda (2da) de treinta (30) folios útiles, relativo al juicio de COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, interpuesto por el ciudadano JOSE LUIS CEDEÑO MIRANDA Y OTROS, contra el BANCO DE VENEZUELA SACA, BANCO UNIVERSAL. En consecuencia, désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por ante este Tribunal. Asimismo y en virtud de la sentencia dictada por la mencionada Sala en fecha 06 de noviembre de 2002, mediante la cual declara la nulidad del fallo emitido por este Despacho el día 04-02-2002, reponiendo la causa al estado de que se dicte nueva decisión, subsanando el vicio advertido, este Juzgado Superior se reserva al lapso de cuarenta (40) días calendario siguiente al día de hoy, para dictar respectiva decisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 522 de Código de Procedimiento Civil.

EL JUEZ
ABG. IDELFONSO IFILL PINO
EL SECRETARIO
RICHARD C. ZARATE RODRIGUEZ

IIP/RCZR/rjri
EXP.1138
C.DE.D.P.S.