REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO
Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 04 de Diciembre de 2002
192° y 143°

Por recibido el presente expediente, procedente de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, conformado por seis (06) piezas: la primera (1era) pieza constante de ciento noventa y cuatro (194) folios útiles; la segunda (2da) pieza en ciento ochenta y nueve (189) folios útiles; la tercera (3era) pieza de ciento ochenta y cinco (185) folios útiles; la cuarta (4ta) pieza en ciento noventa y dos (192) folios útiles; la quinta (5ta) pieza de doscientos noventa y dos (292) folios útiles y la sexta pieza constante de doscientos cincuenta y cinco (255) folios útiles, relativo al juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE COMODATO interpuesto por la Sociedad Mercantil AEROHOTEL LOS ROQUES C.A. contra el ciudadano EZIO CHIARVA S.. En consecuencia, désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por ante este Tribunal. Asimismo y en virtud de la sentencia dictada por la mencionada Sala en fecha 01 de noviembre de 2002, mediante la cual declara la nulidad del fallo emitido por este Despacho el día 19-02-2001, reponiendo la causa al estado de que se dicte nueva decisión, subsanando el vicio advertido, este Juzgado Superior se reserva el lapso de cuarenta (40) días calendario siguientes al día de hoy, para dictar la respectiva decisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 522 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
Abg. IDELFONSO IFILL PINO
EL SECRETARIO
RICHARD C. ZARATE RODRIGUEZ

IIP/RCZR/rjri
Exp. N° 1133
“Res. De Cont. De Comodato”