REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCAI EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICAL DEL ESTADO VARGAS. MAIQUETIA VEINTE (20) DE DICICEMBRE DE DOS MIL DOS (2002).-

192° Y 143°

Revisadas Las presentes actas procesales, se observa:

Por auto de fecha 26 de febrero del 2002, se ordeno la citación de la parte querellada, de conformidad con lo establecido en el artículo 701 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 26 de febrero de 2002, se libró comisión a los efectos de la citación del querellado.

Cumplida dicha comisión por el comisionado, se lee en la diligencia consignadas por el Alguacil de dicho Juzgado: “Que el ciudadano, MARCOS NORIEGA, que se encontraba en el sitio señalado para la práctica de la citación, le informó que el señor OSCAR LUIS GUTIEREZ GAMBOA, tenia más de un año que había salido del país”.

El apoderado de la parte querellante en vista de dicho señalamiento solicitó la citación por carteles.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, pasa esta Juzgadora hacer las siguientes consideraciones:

PRIMERO: En vista que no se logró la citación personal del querellado, ordena de conformidad con lo establecido en sentencia de fecha 22 de mayo del 2002, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, establecer el lapso para que él mismo ejerza sus derechos a la defensa de la siguiente manera: EL SEGUNDO (2°) DÍA DE DESPACHO siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación para la contestación a la demanda; DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO, a los efectos de la promoción de pruebas; TRES (3) DIAS DE DESPACHO para formular oposición; TRES (3) DIAS DE DESPACHO para la admisión y DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO para evacuación de las pruebas.-

SEGUNDO: Ordena Oficiar a la Dirección de Identificación y extranjería (ONIDEZ), a los efectos de determinar el último domicilio y movimiento migratorio del ciudadano OSCAR LUIS GUTIERREZ GAMBOA, para proseguir con la citación de la parte querellada. Y así se decide.-
LA JUEZ,


DRA. EVELYNA D’APOLLO ABRAHAM

EL SECRETRIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha, del auto anterior, se libró el oficio correspondiente.

EL SECRETARIO,


LENNYS PINTO IZAGUIRRE
EDAA/LPI/ana
Exp.N°.7805