REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 10 de Diciembre de 2002.
190° y 141°

Vista la solicitud de Calificación de Despido y su posterior reforma, presentada por los ciudadanos INGRID JOSEFINA GONZALEZ Y RAMON ALBERTO PEREZ TORRES, en su carácter de Apoderados Judiciales del Ciudadano: OSCAR GOMEZ MAVARES, el Tribunal lo admite en cuanto ha lugar en derecho de conformidad con el artículo 117 de la Ley Orgánica del Trabajo, anótese en el Libro de Causas correspondiente bajo el N° 11.028. En consecuencia, se ordena la citación de la parte demandada INSTITUTO AUTONOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETIA (I.A.A.I.M), a fin de que comparezca por ante este Juzgado dentro de los cinco días de despacho siguiente a su Citación, dentro de las horas de Despacho, es decir, entre las 8:30 a.m., a 2:30 p.m., a dar contestación a la presente demanda, el cual deberá contarse a partir del día siguiente que conste en autos la citación antes referida y la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con el artículo 94 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, independientemente del orden en que se hagan. Se ordena, expedir copias certificadas por secretaría de la solicitud de calificación de despido y su posterior ampliación. Líbrense oficios al INSTITUTO AUTONOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETIA (I.A.A.I.M) y el correspondiente a la Procuraduría General de la República.
LA JUEZ,
DRA VICTORIA VALLES BASANTA

LA SECRETARIA
ABOG. DENIS PALMERO

En esta misma fecha 10 de Diciembre de 2002, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA,
ABOG. DENIS PALMERO