DISPOSITIVA
Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos, PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el artículo 373, último aparte del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de los ciudadanos BELLO LUGO WILLIAM RENIER, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 18-04-76, soltero, buhonero, hijo de Rómulo Bello y Maribel Lugo, titular de la cédula de identidad N° V- 12.562.098., residenciado en Las Tunitas, calle Eucalipto, edificio El Candil, 2 piso, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO O HURTO, previsto y sancionado en el artículo 9 de Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y TORRES LOPEZ CARLOS JOSE, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 10-12-79, soltero, comerciante, hijo de padres desconocidos, titular de la cédula de identidad N° V- 14.401.143., residenciado en Caracas, urbanización el Silencio, bloque 6, letra B, piso 3, apto 5, como autor del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO O HURTO, previsto y sancionado en el artículo 9 de Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, de conformidad con lo pautado en el artículo 250 en relación con los ordinales 2° y 3° del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose como centro de reclusión el Internado Judicial de Los Teques.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
LA JUEZ
DRA. YARLENY MARTIN
LA SECRETARIA
ELFFY VINCENTI
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
ELFFY VINCENTI
Causa N° 5C-3129-02
Fecha de la aprehensión: 15-12-02
Fecha de la Privación Judicial: 16-12-02
|