REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO

Este Tribunal ordena la notificación de la parte demandada del Avocamiento de este Tribunal por auto de fecha 04/11/2002, la cual debera verificarse mediante la publicación de un cartel en el diario la verdad, diario este de los de mayor circulación en esta localidad, en el cual se hace saber que una vez conste en autos la públicación del cartel comenzará a correr al día siguiente un lapso de díez (10) días de despacho, vencidos en el cual se considerara consumada la notificación, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.