REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO
Se difiere el acto de contestación de demanda, y se fija el Quinto (5to) día de despacho siguiente al presente acto, entre las horas comprendidas de 8:30a.m. a 2:30p.m., a los fines de que la empresa demandada presente contestación a la demanda.