En consecuencia, por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena la Libertad de los ciudadanos Giovanni José Lugo Rodríguez y Juan Lugo Rodríguez; y, decreta la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal y la remisión de las actuaciones a la Fiscalía 1ª del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en virtud de ser ese despacho el director de la investigación. Líbrese lo conducente.
El Juez,




Juan Fernando Contreras C. La Secretaria,




Abg. Orlymar Carreño
3C-2224-02