En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, impone al ciudadano Johan Ricardo Rivas, Medida Cautelar Sustitutiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
El Juez,
Juan Fernando Contreras C.
La Secretaria,
Abg. Orlymar Carreño
3C-2056-02