DISPOSITIVA

Con base en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, ADMITE parcialmente la solicitud presentada, por el Ministerio Público y en consecuencia, se ACUERDA la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal. De igual forma se Decreta de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con el 256 numerales 3 y 8, del Código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD A LOS CIUDADANOS FREDDY ENMANUEL SIVIRA, JOSE LUIS RODRIGUEZ y JONAS DAVID GONZALEZ, plenamente identificados, Y ASI SE DECLARA. Debiendo en consecuencia los prenombrados imputados cumplir con las siguientes obligaciones: 1) Presentarse ante la sede de este Tribunal y de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público a fin de firmar el libro de presentaciones llevado por ambos despachos, cada ocho (08) días y hasta la total culminación del presente proceso; 2º) Presentar cada uno dos fiadores de reconocida solvencia moral y económica que permitan garantizar la comparecencia de los imputados al proceso, hasta la total culminación del presente proceso.
Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Cuarta del ministerio público a los fines de la práctica de las diligencias de investigación.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjense copias de la presente decisión. Cúmplase.
EL JUEZ,

Dr. JESUS BRAVO VALVERDE.
EL SECRETARIO,

ABG. JORGE CARDENAS
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,

ABG. JORGE CARDENAS
CAUSA. N° 4C-2250-02.