CAPITULO III
DISPOSITIVA
Con base en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, ADMITE totalmente la solicitud presentada, por el Ministerio Público y en consecuencia, se ACUERDA la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal. De igual forma se Decreta de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en concordancia con los artículos 253 y 256 ordinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD AL CIUDADANO DAVID FRANCISCO GONZALEZ MORALEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 14-04-79, de 24 años de edad, de estado civil Soltero, profesión u oficio Asistente Bancario, hijo de NANCY XIOMARA DE GONZALEZ (V) y FELIPE AZUAJE GONZALEZ (D), residenciado en Peligro a Alcabala, La candelaria, Residencias La Fuente, Piso 13, apartamento 133, Caracas. Portador de la Cédula de Identidad N° 14.909.955, Y ASI SE DECLARA. Debiendo en consecuencia el prenombrado imputado cumplir con las siguientes obligaciones: 1) Presentarse a la sede de la Fiscalía Octava del Ministerio Público, cada treinta (30) días a firmar el libro de presentaciones llevado por ese Despacho.
Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Octava del ministerio Público a fin de que sean practicadas las diligencias de investigación pertinentes para presentar el acto conclusivo a que hubiere lugar.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjense copias de la presente decisión. Cúmplase.
EL JUEZ,

Dr. JESUS BRAVO VALVERDE.
LA SECRETARIA,
ABG. KERINA GUERRERO
En la misma fecha (19-11-02), se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. KERINA GUERRERO
CAUSA. N° 4C-2501-02.