DISPOSITIVA
Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el artículo 373, último aparte del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de los ciudadanos ALAIN VALENCIA MORERA, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 22-02-79, soltero, estudiante, hijo de Carmen Valencia (v)y José Del Carmen Valencia (v), titular de la cédula de identidad No. 14.767.362, residenciado en la parte alta de La Salina, calle Los Pioneros, casa s/n, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, YOCER VALENCIA MORERA, de nacionalidad Colombiana, natural de Buena Aventura, Colombia, concubino, Dibujante Publicitario, hijo de Carmen Morela de Valencia y José del Carmen Valencia, titular de la cédula de identidad E-81.603.267, residenciado en la parte alta de La Salina, calle Los Pioneros, casa s/n, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, FRANKLIN JOSE MAYORA, de nacionalidad venezolana, natural de Guaira, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 03-03-70, soltero, estudiante, hijo de María Emilia Serrano de Oliva (v) y Frilan Mayora, titular de la cédula de identidad No. 11.638.796, residenciado en la parte baja de La Salina, calle La Victoria, casa 18, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, de conformidad con lo pautado en el artículo 250 en relación con los ordinales 2° y 3° del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ordenándose como centro de reclusión el Internado Judicial de Los Teques
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
LA JUEZ


DRA. YARLENY MARTIN

LA SECRETARIA

ELFFY VINCENTI


En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA

ELFFY VINCENTI



Causa N° 5C-2808-02