REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO
DEL TRABAJO, DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS


Maiquetía, 15 de Abril del 2003.
192ª y 144ª



Por recibidas copias certificadas del Expediente signado con el Nª A-1843, procedentes de la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, contentivo del juicio que por RESTITUCION DE GUARDA, interpuesto por los Abogados BELEN ALVAREZ ROJAS y GUILLERMO FLORES, apoderados judiciales de la Ciudadana HILDA PEREZ, el cual subió a esta Alzada, en virtud de la apelación propuesta por la parte accionante. En consecuencia, désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por ante este Tribunal. Asimismo y por cuanto de la revisión a las actas que conforman el presente expediente se desprende, que no fueron enviadas las copias certificadas relativas a la diligencia o escrito de apelación y del auto que la oyó, necesarias para poder ilustrar a esta Alzada, en el momento de emitir pronunciamiento sobre el asunto impugnado, con el pleno conocimiento de causa, por lo que se acuerda oficiar al Juzgado A Quo, a los fines de que remita a este Tribunal dichas actuiaciones, dejándose constancia que una vez sean remitidas en este Despacho las mismas, comenzará a correr el lapso de diez (10) días de Despacho, establecido en el Artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para dictar lla respectiva Sentencia. Líbrese oficio. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABG. IDELFONSO IFILL PINO

EL SECRETARIO
RICHARD C. ZARATE RODRÍGUEZ

En esta misma fecha, se dió cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado.
EL SECRETARIO.

IIP/RZR/rjr
Exp.N°1190