REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.-------------------------------------------------------------------------------------
192° y 143°

SOLICITANTES: YENNY FARIT HERRERA y JAIME ALFREDO AMARO LEON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-14.134.608 y V-6.800.926 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: ROSAURA HERNANDEZ abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.49.614.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE: Nro. 8338/03
SENTENCIA: DEFINITIVA

Por cuanto de autos se evidencia que la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil vigente formulada por los ciudadanos YENNY FARIT HERRERA y JAIME ALFREDO AMARO LEON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.134.608 y V-6.800.926 respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho ROSAURA HERNANDEZ abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.49.614, reúne todo los supuestos y requisitos allí previstos. Y admitida la presente solicitud por auto de fecha veintiséis (26) de febrero del año dos mil tres (2003) y notificado el Fiscal Quinto (5to) del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Adolescente y Familia de esta Circunscripción Judicial Estado Vargas, la misma en fecha veinticinco (25) de marzo del presente año, diligenció a este Tribunal, manifestando que los requisitos exigidos por la Ley se encuentran cumplidas a cabalidad y que se declare con lugar la presente solicitud de Divorcio, es por lo que esta Juzgadora considera procedente el presente procedimiento. Y así se declara.-
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos YENNY FARIT HERRERA y JAIME ALFREDO AMARO LEON ambas partes identificadas.----
SEGUNDO: SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, contraído en fecha veintitrés (23) de julio de mil novecientos noventa y seis (1996) por ante la Primera Autoridad del Juzgado de la Parroquia Luis de Vicente de la Circunscripción Judicial del Municipio Mara Estado Zulia.----------
DISUELVASE EL VÍNCULO MATRIMONIAL.
PUBLIQUESE y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.- En Maiquetía, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil tres (2003).-----------------------------------
La Juez,

Dra. Evelyna D’ Apollo Abraham
El Secretario,

Lennys Pinto Izaguirre

En la misma fecha se dictó, y publicó la anterior decisión siendo las diez y cuarenta de la mañana (10:40) a.m.

El Secretario,

Lennys Pinto Izaguirre


ED’AA/LPI/mfs
Exp. N° 8338/03