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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION  JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.-------------------------------------------------------------------------------------
 192°  y  143°
 
 SOLICITANTES: YENNY FARIT HERRERA y JAIME ALFREDO AMARO LEON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-14.134.608  y V-6.800.926 respectivamente.
 ABOGADO ASISTENTE: ROSAURA HERNANDEZ abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.49.614.
 MOTIVO:           DIVORCIO 185-A
 EXPEDIENTE:   Nro. 8338/03
 SENTENCIA:     DEFINITIVA
 
 Por cuanto de autos se evidencia que la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil vigente formulada por los ciudadanos YENNY FARIT HERRERA y JAIME ALFREDO AMARO LEON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y  titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.134.608 y V-6.800.926 respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho ROSAURA HERNANDEZ abogado en ejercicio inscrito en el  Inpreabogado  bajo el Nro.49.614, reúne  todo los supuestos y requisitos allí previstos. Y admitida la presente solicitud por auto de fecha veintiséis (26) de febrero del año dos mil tres (2003) y notificado el Fiscal Quinto (5to) del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Adolescente y Familia de esta Circunscripción Judicial Estado Vargas, la misma en fecha veinticinco (25) de marzo del presente año, diligenció a este Tribunal, manifestando que los requisitos exigidos por la Ley se encuentran cumplidas a cabalidad y que se declare con lugar la presente solicitud de Divorcio, es por lo que esta Juzgadora considera procedente el presente procedimiento. Y así se declara.-
 Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
 PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos YENNY FARIT HERRERA y JAIME ALFREDO AMARO LEON ambas partes identificadas.----
 SEGUNDO: SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, contraído en fecha veintitrés (23) de julio de mil novecientos noventa y seis  (1996) por ante la Primera Autoridad del Juzgado de la Parroquia Luis de Vicente de la Circunscripción Judicial del Municipio Mara Estado Zulia.----------
 DISUELVASE  EL  VÍNCULO   MATRIMONIAL.
 PUBLIQUESE  y  REGISTRESE
 Dada, firmada y sellada en la  Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.- En Maiquetía, a los catorce (14) días del mes de  abril del año dos mil tres (2003).-----------------------------------
 La Juez,
 
 Dra. Evelyna D’ Apollo Abraham
 El Secretario,
 
 Lennys Pinto Izaguirre
 
 En la misma fecha se dictó, y publicó la anterior decisión siendo las diez  y cuarenta de la mañana (10:40) a.m.
 
 El Secretario,
 
 Lennys Pinto Izaguirre
 
 
 ED’AA/LPI/mfs
 Exp. N° 8338/03
 
 
 
 
 
 
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