REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO

En horas de Despacho del Día de hoy, veinticuatro (24) de Abril del año Dos Mil Tres (2.003), siendo las Diez de la mañana (10:00 am.), día y hora fijados por este Tribunal para que tenga lugar el acto de Cotejo solicitada por la parte Demandada, el mismo fue acordado por este Juzgado en fecha Veintiuno (21) de Abril del presente año, Constituido el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, por la ciudadana DRA. VICTORIA VALLES BASANTA, en su carácter de Juez Provisorio, y la ciudadana DENIS PALMERO LUJAN, en su carácter de Secretaria. Se anuncio el acto como es legal a las puertas del Tribunal, comparece el ciudadano MENDOZA CORVO LARRY JOSE, titular de la cédula de identidad número 13.044.076, en su carácter de demandante, la profesional del derecho DARYELIS JOSEFINA TADINO GASPAR inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 72.751, en su carácter de Apoderada Judicial del actor, igualmente, comparece la profesional del derecho MARLENE MARQUEZ GIL inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 37.007, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa demandada CRISLUZ SERVICIO C.A.,. En este Estado, la ciudadana DRA. VICTORIA VALLES BASANTA, en su carácter de Juez Provisorio de este Tribunal, juramento a un ciudadano quien dijo ser y llamarse MENDOZA CORVO LARRY JOSE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.044.076, en su carácter de Demandante, el mismo estampó siete (7) veces su firma en presencia de la ciudadana Juez y de la ciudadana Secretaria de este Juzgado, Igualmente estampó sus huellas digitales, este Tribunal ordena agregar a los autos la hoja dónde se tomó la firma del mencionado ciudadano. Es Todo. Siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10: 40 am.) se cierra el acto de cotejo. Es todo. Se Leyó y conformes firman:
LA JUEZ PROVISORIO.,

DRA. VICTORIA VALLES BASANTA


EL DEMANDANTE
MENDOZA CORVO LARRY JOSE



LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
DARYELIS JOSEFINA TADINO GASPAR