REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, diez (10) de Abril del dos mil tres (2003).-
192° y 144°
Vista la anterior solicitud y los recaudos acompañados, presentada por la ciudadana: CARMEN YOLANDA MONTAÑO DE MELIAN, Asistida por la Dra. MARIA ASUNCION PEREIRA AVENDAÑO, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado Nº 28.786, se admite, désele entrada, fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. El Tribunal antes de proveer acerca de la Rectificación solicitada, ordena la notificación de la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, líbrese boleta de notificación y anexo a copia certificada de la solicitud, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la notificación. La boleta de notificación y la copia certificada se librarán una vez conste en autos la consignación de los fotostatos..
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.



En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 5248.
LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES.

MS/YP./ys-