REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR, impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en fecha 25 de Marzo del presente año y DECRETA LA DETENCION PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En tal sentido, líbrese la respectiva boleta de encarcelación y notifíquese a las partes. Cúmplase.-