DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: acuerda el procedimiento ordinario de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al ciudadano RUBENS JOSE MOSQUEDA RODRIGUEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 08-01-80, de 23 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de MIRIAN RODRIGUEZ Y RUBEN MOSQUEDA, titular de la cédula de identidad No. V-14.990.393, residenciado: Bloques de La Aviación, bloque 11, apartamento 01-06, piso 1, Parroquia Raúl Leoni, Estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3°, y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera aprehendido en fecha 05 de Abril de 2003, por la presunta comisión de los delitos de violencia contra la familia y la mujer, previsto en el artículo 17 de la Ley que rige la materia y por el delito de Daños a la Propiedad previsto y sancionado en el artículo 475 del Código Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión
Maiquetía, 06 de Abril de 2003
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL


DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA

Abg. MARIA ROA
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA

Abg. MARIA ROA
Causa N° 1C-3478-03