DISPOSITIVA

En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA la libertad del ciudadano GIOVANNI JOSÉ CALDERÓN, quien es de nacionalidad Venezolano, natural de La guaira, de 24 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Vigilante, hijo de MILAGROS GONZÁLEZ (v) y de FRANCISCO JOSÉ CALDERÓN (v), residenciado en Barrio Ezequiel Zamora, Valle La Cruz, Casa N° 4, Catia La Mar, Estado Vargas, titular de la cedula de identidad N ° V-15.026.933, sin restricciones de ninguna naturaleza, al no encontrarse llenos los extremos exigidos en el articulo 250 en sus ordinales 1º y 2º del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO: Acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico, a los fines legales consiguientes.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
EL JUEZ TITULAR


Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ
LA SECRETARIA


Abg. GIOVANNA LANDER


En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

LA SECRETARIA


Abg. GIOVANNA LANDER


Causa: WP01-S-2003-000481