REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VERNEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 02 de abril de 2003

192ª y 143ª

Vista la reforma del libelo de la demanda presentada el 05 de marzo del presente año, este Tribunal por cuanto la misma no es contrario al orden publico, a las buenas costumbre ni a ninguna disposición expresa de la Ley se ADMITE. En consecuencia se ordena el emplazamiento del demandado ciudadano: DAVID ARTURO CHANG, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.803-083, para que comparezcan por ante este Juzgado al Segundo (2do) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, ello de conformidad con el artículo 33 del Decreto con rango y fuerza de Ley de Arrendamiento Inmobiliario con el objeto de dar contestación a la demanda y su reforma que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoara el ciudadano: RAMON BERNAL OSSORIO, en su contra. Dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:30 a.m. a 2:30 p.m. Compulsese libelo de la demanda y su reforma con su auto de comparecencia al pié y entréguese al Alguacil de este Tribunal para que se sirva practicar la citación del demandado. Líbrese compulsa una vez conste en autos las copias simples a certificar.-
LA JUEZ.-


ELIZABETH BRETO GONZALEZ
LA SECRETARIA ACC


SANTA ELENA LARA
EBG/Lr/jg.
EXP. N ° 711/02.-




SANTA ELENA LARA Secretaria accidental del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslados fiel y exacto de sus originales que corren insertos en el expediente N ° 711/02, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue RAMON BERNAL OSSORIO contra el ciudadano: DAVID ARTURO CHANG, y lo mismo se reproducen en conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Maiquetía, 02 de abril de 2003
LA SECRETARIA ACC

SANTA ELENA LARA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 02 de abril de 2003
192 ° y 143°
S E H A C E S A B E R:

Al ciudadano: DAVID ARTURO CHANG, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N ° V-10.803-083, parte demandada, que deberá comparecer por ante este Juzgado al Segundo (2do) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:30ª.m a 2:30p.m., con el objeto de dar contestación a la demanda y su reforma. Dará recibo al Alguacil de este Tribunal en prueba de haber quedado citado para el acto antes mencionado.-
LA JUEZ


ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
LA SECRETARIA ACC


SANTA ELENA LARA