REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 03 de abril de 2003.
Años: 192º y 143º

Visto la reforma de la demanda presentada el treinta y uno (31) de marzo de 2003 por la Abogado THAMAR JOSEFINA HINOJOSA RAMOS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, este Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley este Tribunal la admite. En consecuencia se ordena el emplazamiento de la demandada ciudadana: MERCEDES ROCCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.004.500, para que comparezca por ante este Juzgado dentro de los veinte (20) día de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación más seis (6) días continuos como término de la distancia conforme lo establecido en el artículo 205 del Código de Procedimiento, con el objeto de dar contestación a la demanda que por COBRO DE BOLIVARES, incoara en su contra INVERSIONES HP 2050 C.A, ello de conformidad con el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil. Dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:30 a.m. a 2:30 p.m. Compulsese libelo de la demanda con su auto de comparecencia al pié; a los fines de la citación de la parte demandada se ordena librar rogatoria al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Maturín. Líbrese compulsa de citación una vez conste en autos las copias simples a certificar.
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
LA SECRETARIA ACC

SANTA ELENA LARA
Exp.N° 648-02.-




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
AL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTI, DEL TRANSITO (DISTRIBUIDOR) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, MATURIN.
SE HACE SABER:
Que este Tribunal actuando en el proceso que por COBRO DE BOLIVARES sigue INVERSIONES HP 2050 C.A., contra la ciudadana MERCEDES ROCCA., por auto dictado en esta misma fecha ordeno librar la presente rogatoria a los fines de que se sirva practicar la citación de la parte demandada, ello conforme lo establecido en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Que dicha empresa se encuentra domiciliada en la Urbanización Chaparral, SC Pipuro, Avenida Los Próceres Casa N° 19, Maturín, Estado Monagas o en Las Brisas, Avenida Orinoco Este, local 147, Maturín, Estado Monagas.
Que la parte actora se encuentra representada por los Abogados JAVIER E. MADRID, THAMAR JOSEFINA HINOJOSA y FREDDY BIAGGI GAGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s 14.574, 11.228 y 19.652 respectivamente.
Se anexa a la presente compulsa de citación.
Que se faculta a los fines de que sub-comisione en caso de que sea necesario.
Que una vez sea cumplida por Ud., la presente rogatoria se sirva devolverla a este Tribunal en original junto con sus resultas.
Dado, sellado y firmado en la sala de despacho del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los tres (3) día del mes de abril del dos mil tres (2003).- Años 192º y 143º.
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO G.

LA SECRETARIA ACC,

ELENA LARA.
Exp.N° 648-02

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 03 de abril de 2003
Años: 192º y 143º
Oficio N°
Ciudadano:
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO (DISTRIBUIDOR) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, MATURIN.
Su Despacho.



Tengo a bien, dirigirme a usted, respetuosamente, adjunto al presente oficio y constante de ( ) folios útiles rogatoria relativa al proceso que por COBRO DE BOLIVARES, incoado por la Sociedad Mercantil INVERSIONES HP 2050 C.,A contra la ciudadana MERCEDES ROCCA.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ

ELIZABETH BRETO GONZALEZ
Anexo lo indicado.