Instruida como ha sido la presente solicitud y tomadas la declaración de los testigos ciudadanos CARLOS RAMON ESCALONA UZCATEGUI Y LISBETH MARIA JOSEFINA ALCALA CARRERO, presentados por el ciudadano KELVIN BRITO ALCALA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.124.355, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a la solicitante