REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 14 de Agosto de 2.003
193° y 144°




Vista la solicitud que antecede, suscrita por la Profesional del Derecho LOURDES CORTIZO CASTRO, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; este Tribunal insta a ambas partes para que comparezcan al tercer día de despacho a las diez de la mañana (10:00 a.m.), siguiente a la última notificación que de las partes se haga a un Acto Conciliatorio ante la Ciudadana Juez. Líbrense Boletas de Notificación. CÚMPLASE.
LA JUEZ PROVISORIO,

DRA. VICTORIA VALLÉS BASANTA
EL SECRETARIO ACC.,

HIOMAR REYES

En la misma fecha del auto que antecede se dio cumplimiento a lo ordenado.-

EL SECRETARIO ACC.,

HIOMAR REYES







VVB/HR/lucia*
Exp. 11.136