REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 12 de Agosto de 2003.
193° y 144°

Vistas las diligencias presentadas en fechas 02/06/03 y 29/07/03, por el Abogado ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.776, el en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadana: SILVIA DEL VALLE RIVERO, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, se Decreta Medida Asegurativa de Embargo sobre el Cincuenta Por Ciento (50%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Haberes de Caja de Ahorro, Acciones y demás beneficios laborales que le puedan corresponder al demandado ciudadano: EDGAR RAFAEL AGUILAR GUERRERO, titular de la Cédula de Identidad N° 4.561.331, en caso de despido, jubilación o retiro voluntario de la COMPAÑÍA ANONIMA LA ELECTRICIDAD DE CARACAS S.A.C.A., donde presta sus servicios, con la salvedad de que dicho Embargo recaerá sobre el monto acumulado desde el día 04/04/79, fecha en que contrajo Matrimonio con la ciudadana: SILVIA DEL VALLE RIVERO, hasta el día en que quede firme la Sentencia que declare Disuelto el vínculo matrimonial en el presente procedimiento. A tal efecto, líbrese el correspondiente Oficio.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,


Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.

En la misma fecha se libró el Oficio N° 908-03, conforme a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 5400.