REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, veintisiete (27) de Agosto del año dos mil tres (2003).
193° y 144°
Vista la anterior demanda de ACCION MERO DECLARATIVA y los recaudos consignados, presentados por la ciudadana MILKA MARIA VIRAHONDA, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 634.906, debidamente asistida por los abogados YOLANDA DEL CARMEN MOLLEGAS, TERESA CAROLINA GARCIA HERRANZ Y ANTONIO JOSE SILVA, abogados en ejercicio, de éste domicilio e Inpreabogados Nros. 37.465, 9.549 y 99.050, respectivamente, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo, en consecuencia, se emplaza a los demandados ciudadanos RAMON NODA AMAYA, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.494.434 y ADRIAN ANTONIO ALAMO MARQUEZ, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Caracas y titular de la cédula de identidad Nro. 7.929.649, para que comparezcan por ante éste Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última de las citaciones, cualquiera que sea su orden, a fin de que den contestación a la demanda que le ha sido incoada, compulsese el libelo de la demanda y con su orden de comparecencia al pie entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la citación del ciudadano RAMON NODA AMAYA y para llevar a cabo la citación del ciudadano ADRIAN ANTONIO ALAMO MARQUEZ, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que por sorteo de Distribución le corresponda, a quien se ordena librar despacho y oficio y remitirlo adjunto a la compulsa . Dichas compulsas, despacho y oficio se librarán una vez conste autos los fotostatos respectivos..
EL JUEZ SUPLENTE,

DR. RAYMAR MAVAREZ BRACHO LA SECRETARIA.

YASMILA PAREDES.

RMB/YP/ys.-