REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, veintinueve (29) de Agosto del año dos mil tres (2003).
193º y 144º
Vista la anterior QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, presentada por GONZALO DANIEL DIEZ GOMEZ, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 1.878.661, debidamente asistido por el Dr. VICTOR RAMON VASQUEZ MARCANO, Inscrito ante el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.189, y sus anexos, el Tribunal antes de proveer sobre su admisión y a fin de constatar los hechos narrados en el escrito libelar, se ordena realizar una Inspección Judicial, la cual se llevará a cabo el día martes 02 de Septiembre de 2003, a las 2:00 p.m. Se ordena oficiar a la Policía Administrativa del Municipio Vargas del Estado Vargas, a fin de que se sirva designar una comisión de dos (2) funcionarios para que acompañen al Tribunal a la practica de la Inspección Judicial. Líbrese oficio.
EL JUEZ,
DR. RAYMAR MAVAREZ BRACHO. LA SECRETARIA.
YASMILA PAREDES.
RMB./YP./ys.