DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Abreviado contemplado en el ordinal 1° del artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de la ciudadana JUDITH LEONOR PINTO DE MARTINEZ, quien es de nacionalidad Venezolana (Nacionalizada), natural de Rió Arache, Colombia, portador de la Cédula de Identidad N° 140946177, estado Civil: Viuda, donde nació el día 25-06-52, de 51 años de edad, de profesión u oficio: Obrera, hija de Brígida Medina y Bienvenido Pinto, residenciada en: Calle Miranda Machique Perija casa s/n, estado Zulia, RALF HARMAN WIDLEWSKI, quien es de nacionalidad Alemana, portador del Pasaporte N° 506.8210303, estado Civil: Soltero, donde nació el día 16-01-63, de 40 años de edad, de profesión u oficio: Mecánico de Aviación, hijo de Brigitte Widlewski y Horst Widlewski, residenciado en: Porlamar calle Fraternidad Hotel América, Margarita, Estado Nueva Esparta quien fuera aprehendida en fecha 22 de Agosto del 2003 por la presunta comisión del delito de transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el articulo 34 de la Ley Especial de Drogas.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
En Macuto, a los 24 días del mes de Agosto de 2003
LA JUEZ

DRA. CELESTINA MENDEZ

EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto
EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ


Causa N WP01-S-2003-5486