| 
 
 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
 EN FUNCION DE CONTROL
 
 
 Macuto, 06 de agosto de 2003
 192º y 143º
 
 
 Compete al Tribunal Primero de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, emitir pronunciamiento judicial en relación a la solicitud efectuada en el acto celebrado en este Despacho por el Dr.  JAVIER MARCANO, Fiscal del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual requirió de este Órgano Jurisdiccional, PROCEDIMIENTO ORDINARIO Y MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD del ciudadano JOSE JESUS MONASTERIO ROBAINA, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 28-08-74, de 28 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de ALICIA ROBAINA y MELANIO MONASTERIO, titular de la  cédula de identidad No. V-14.767.511, residenciado en: El Jabillo, parte alta, al lado de la Bodega, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas encontrándose debidamente asistido por el profesional del Derecho, Dr. MIGEL ANGEL ORTEGA, Defensor Público.
 
 
 Este Tribunal de Control acordó decidir conforme a los siguientes términos:
 
 
 Luego del estudio y análisis de las actas que conforman la presente causa se observa que no se encuentran llenos los extremos exigidos por el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, sobre todo  los referidos a la comisión de un hecho punible,  toda vez que en relación al delito de fuga exige nuestro texto sustantivo que el mismo se configure por medio de violencia lo cual no se evidencia en las actas que conforman la presente causa y en relación al delito de falsa atestación quien decide no le consta que el hoy imputado haya suministrado alguna identidad falsa a algún funcionario público ya que ante este tribunal aportó su identidad la cual se presume verdadera, sin embargo y no obstante de  no existir elementos de convicción no se le concede su libertad ya que el mismo esta a la disposición del Tribunal Quinto de Control de esta Circunscripción Judicial ya que sobre el mismo pesa un decreto de privación judicial . Y así se decide
 
 DISPOSITIVA
 
 Con fundamento en la motivación que antecede, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad  del ciudadano JOSE JESUS MONASTERIO ROBAINA, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 28-08-74, de 28 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de ALICIA ROBAINA y MELANIO MONASTERIO, titular de la  cédula de identidad No. V-14.767.511, residenciado en: El Jabillo, parte alta, al lado de la Bodega, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas, por no estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en relación a la presente causa, pero lo pone a disposición del Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal.
 Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
 Macuto, 06 de Agosto del 2003
 LA JUEZ
 
 
 DRA. CELESTINA MENDEZ
 EL SECRETARIO
 
 ABG. ALEXIS DIAZ
 
 
 En esta misma se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
 
 EL SECRETARIO
 
 ABG. ALEXIS DIAZ
 
 
 
 Causa Nº WP01-S-2003-4455
 
 
 
 |