PRIMERO: La aplicación de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad, contenidas en los ordinales 3° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado Orlando José Querales Tenzo, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 22/06/75, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario policial, hijo de Orlando Querales y Gladys de Querales, titular de la cédula de identidad número V-11.643.842, residenciado en la urbanización 10 de Marzo, edificio número 01, piso 1, apartamento C10, Montesano.
SEGUNDO: El procedimiento a aplicar es el ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio. Cúmplase.
La Juez de Control

La Secretaria

DRA. PATRICIA SALAZAR LOAIZA


ABG. JOYCEMAR GARCIA