REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, Diez (10) de Diciembre de 2003.-
193° y 145°



Vista la diligencia que antecede suscrita por el Dr. Julio Cesar Méndez Farias, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.724, en su carácter de apoderado actor, y visto al auto de fecha dos (2) del corriente mes y año, que corre inserto al folio ciento treinta y nueve (139) del presente expediente, del cual se evidencia que la sentencia dictada en este Tribunal en fecha veintinueve (29) de Septiembre de 2003, ha quedado definitivamente firme; el Tribunal DECRETA: De conformidad con el Articulo 524 del Código de Procedimiento Civil, la ejecución voluntaria del fallo, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días de despacho siguiente al de hoy, para que la parte demandada, ciudadanos: Cesar Loyo Díaz y Dinorah Josefina Delgado Curvelo, titulares de las cedula de identidad Nros: V-7.235.295 y V-10.581.462, respectivamente, cumplan voluntariamente con el fallo dictado.-
LA JUEZ TITULAR

DRA. ANA TERESA AYALA POLEO
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA.-
Exp. Nº 733-02.