REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO VARGAS
MAIQUETIA, CUATRO (04) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES
193° Y 145°

Visto el anterior libelo de demanda y su reforma por IMPUGNACION DE ACTA DE ASAMBLEA, incoado por el ciudadano: Juan Carlos Betancor Santos, venezolano, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.999.375, por intermedio de su apoderada judicial Dra. MAITE LOPEZ SOLETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 90.950, según se evidencia de instrumento poder, de fecha diecisiete (17) de septiembre de dos mil tres, registrado por ante la Notaria Publica Primera de Estado Vargas, anotado bajo el Nº 15, Tomo 35, que corre inserto a los folios cinco (5) y seis (6) del presente expediente, y vistos los recaudos a ella anexos; por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad a lo pautado en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal la admite en cuanto a lugar en Derecho. En consecuencia, emplácese a la parte demandada, JUNTA DE CONDOMINIO DE RESIDENCIAS “CLUB RESIDENCIAL CARIBE” inscrita en el Registro Subalterno del Primer Circuito de Registro del Municipio Vargas del Estado Vargas, anotado bajo el Nº 19, Protocolo 1º, Tomo 3, en la persona de su Presidente, ciudadana: Maria Cruz Monje Campos, titular de la Cédula de Identidad N° 2.957.373, para que comparezca por ante este Juzgado ubicado en el Edificio Caribe, piso 4to, Parroquia Maiquetía, del Estado Vargas, al Segundo (2do) días de Despacho siguiente a su citación, en el horario comprendido desde las 8:30 a.m. y 2:30 p.m. a dar su contestación a la demanda, ello de conformidad con lo pautado en el Artículo 883 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo con sujeción a lo preceptuado en el Artículo 342 Ejusdem, se ordena compulsar copia del libelo de demanda con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil de este Tribunal a los fines de practicar la citación del demandado, de conformidad con lo pautado en el Artículo 218 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. ANA TERESA AYALA POLEO
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA

En esta misma fecha se deja expresa constancia de haberse librado la respectiva compulsa de citación.-
EL SECRETARIO.
GAMAL GAMARRA


Exp.Nº 897-03.-
ATAP/GG/Mamg.-