REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, DIECISÉIS (16) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES. (2003).-
193° y 144°


Vista la anterior demanda y su recaudo anexo, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada bajo el N° 5.619-03 y anótese en el libro respectivo. En consecuencia, emplácese al demandado, ciudadano SANTIAGO MEDECES FARIAS, con el objeto de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su citación, para dar contestación a la demanda incoada por JUAN GUALBERTO SALAZAR en contra de usted, por COBRO DE BOLIVARES, dentro de las horas destinadas al despacho comprendidas entre las 8:30 (a.m.) de la mañana a 2:30 (p.m.) de la tarde. Compúlsese por Secretaria el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pié y entréguese al Alguacil de este Tribunal, a fin de que practique la citación ordenada de conformidad con lo previsto en los artículos 342, 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ TEMPORAL.


ABG. LUCIA MASSIMO S.
LA SECRETARIA SUPLENTE,

ALBERTA QUINTERO PEDRON
En esta misma fecha, quedó anotado bajo el N° 5619-03. Se libró la compulsa ordenada, al haber consignado los fotostátos.
LA SECRETARIA SUPLENTE,


ALBERTA QUINTERO PEDRON

EXP. N° 5.619-03.-
LMS/aqp.-