DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control de este Circuito, en fecha 16NOV2002, en la que impuso al imputado WILLIAN MARTINEZ FARIÑAS, las Medidas Cautelares Sustitutivas contempladas en el artículo 256 ordinales 3°, 4° Y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, ello en virtud de poder satisfacer los supuestos que motivan la privación de libertad con una medida menos gravosa.

Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto.

Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada. Notifíquese. Remítase al Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal.

LA JUEZ PRESIDENTE,

Dra. PATRICIA MONTIEL MADERO

LA JUEZ PONENTE, LA JUEZ,

Dra. RORAIMA MEDINA GARCIA Dra. AURISTELA SALAZAR de MALDONADO

EL SECRETARIO,

Abg. JUAN CARLOS PALENCIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO,

Abg. JUAN CARLOS PALENCIA



Causa N° 1Aa-1952-02