REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
CIRCUITO JUDICIAL PENAL  DEL ESTADO VARGAS
 
SECCION DE ADOLESCENTES
 
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
 
 
 
 
 Maiquetía, 28 de Enero de 2003
 
        192° y 143°
 
         
 
          Vista la solicitud presentada por el Dr. PABLO EMILIO MUJICA RAMIREZ,  en su carácter de Fiscal  del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con Competencia en Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Vargas, mediante  el cual solicita SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO establecido en el artículo 318 Ordinal   2° del  Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA a quien se le imputa  la comisión del delito: CONTRA LA PROPIEDAD,  este Tribunal para decidir OBSERVA:   Una vez finalizada la investigación, el Fiscal del Ministerio Público deberá según el caso, solicitar una serie de alternativas para continuar la causa o ponerle fin a la misma.   En el caso que nos ocupa finalizada la investigación, resultando evidente la falta de condición necesaria para imponer la sanción, el Fiscal del Ministerio Público solicita SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en virtud de  que la acción Penal no encuadra en tipo pernal alguno del hecho realizado por la adolescente objeto de la presente causa , de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 ordinal 2° en concordancia con el artículo N° 1 del Código Penal Vigente, y siendo la oportunidad legal para decidir, este Tribunal Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Vargas, sección Adolescentes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO  de la acción Penal en el siguiente proceso, de conformidad con el Artículo 318 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 1° del Código Penal Vigente y el artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente,  ya que el delito imputado a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA no se encuentra expresamente previsto como hecho punible por la Ley. Publíquese, regístrese y  líbrense las correspondientes boletas de notificación a las partes.
 
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
 
 
DR. FRANCISCO JAVIER LARA 
 
LA SECRETARIA,
 
 
Abog. JOYCEMAR GARCIA
 
 
              Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado por este tribunal.
 
 
LA SECRETARIA,
 
 
Abog. JOYCEMAR GARCIA       
 
 
 
 
 
 
CAUSA N° 1CA-301-02
 
FJL/FJL/.-
 
 
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