DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedente expuesta, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el Artículo 373 del Texto Adjetivo Penal y en consecuencia se DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado ELVIS ANTONIO FERNANDEZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, de 20 años de edad, de profesión u oficio DESEMPLEADO, hijo de BIDALINA HERNANDEZ y PADRE DESCONOCIDO, titular de la cédula de identidad No. V-17.482.932 de conformidad con lo establecido en el artículo 250, 251 ordinal 2º y 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión y remítase la causa al Tribunal de Juicio Unipersonal. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA

ABG. YALITZA DOMINGUEZ
CAUSA 1C-2881-03