DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación que antecede, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad inmediata del ciudadano CLEVER JOSE REYES CAGUAMA. quien es de nacionalidad venezolana, natural Caracas, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 27-08-82, soltero, estudiante, hijo de EVELIO REYES y JAQUELIN CAGUAMA, titular de la cédula de identidad No. V-15.564.450, residenciado en Las Tunitas, Calle Andrés Eloy Blanco, Casa N° 57, Cat, Catia La Mar, Estado Vargas por no estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
LA JUEZ
DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA
ABG. YALITZA DOMINGUEZ
En esta misma se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
ABG. YALITZA DOMINGUEZ
Causa Nº 1C-2882-03
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