DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación que antecede, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad inmediata del ciudadano FRANCISCO ALEJANDRO CAÑIZALEZ ARRAIZ. quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 27-12-73, soltero, Contador público, hijo de INOCENCIA ARRIAZ y JULIO CAÑIZALEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 11.411.904, residenciado en Calle san Isidro, Residencias San Isidro, piso 7, apartamento 51, Cúa, Estado Miranda, por haberse decretado el sobreseimiento de la causa por el extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal y Salvaguarda del Patrimonio Público de esta Circunscripción Judicial de conformidad con el Artículo 43 con relación con el Artículo 312 ordinal 7° del derogado Código de Enjuiciamiento Criminal.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
Maiquetía 30 de Enero 2003
LA JUEZ


DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA

ABG. JUDITH NIETO


En esta misma se da cumplimiento a lo ordenado en auto.


LA SECRETARIA

ABG. JUDITH NIETO



Causa Nº 1C-2885-03