DISPOSITIVA

Con base en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley ADMITE en su totalidad la solicitud presentada por el Ministerio Público y en consecuencia, se DECRETA Primero: La Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano CARLOS ALFREDO MONTAÑO TRITTON, ampliamente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° en concordancia con el artículo 251 ordinales 2º y 3º del Código Orgánico Procesal Penal.Segundo: se ACUERDA la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Se ordena la práctica de un Reconocimiento Médico Legal al ciudadano CARLOS ALFREDO MONTAÑO TRITTON, para determinar la enfermedad manifestada en la audiencia. Cuarto: Se asigna como Centro de Reclusión El Internado Judicial Los Teques. Centro Penitenciario éste en el cual quedará recluido a la orden de este Tribunal.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjense copias de la presente decisión. Cúmplase
EL JUEZ,

Dr. DOMENICO RUSSO ZERPA.

LA SECRETARIA,

ABG. JOYCEMAR GARCIA ASTROS

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA,

ABG. JOYCEMAR GARCIA ASTROS


CAUSA. N° 2C-3181-03