REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 13 de Enero de 2002
192º y 143º
Vista la decisión dictada por este Tribunal en fecha 06 de Noviembre de 2002, en donde se Acordó la Separación de las Causas en lo que respecta al acusado LENIN ALEXIS FIGUERA RUIZ, todo de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del artículo 74 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que se estaba en espera de la Certificación de Defunción del imputado de marras, este tribunal pasa de seguida a emitir el siguiente pronunciamiento:
En fecha 08 de Enero del presente año, se recibe por ante este Despacho, la Certificación de Defunción del ciudadano LENIN ALEXIS FIGUERAS RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. 15.276.256, Natural de la Guaira, Hijo de Tomas Figueras e Irma Ruiz, donde consta que falleció el día 30 de Diciembre de 2001, en el Reten Judicial de Los Teques del Estado Miranda, por las causas que en la misma acta se hacen constar.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Ahora bien, visto, que la muerte del Imputado, es causa de Extinción de la Acción Penal, de conformidad a lo señalado en el numeral 1° del articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de esta Circunscripción Judicial, considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano acusado LENIN ALEXIS FIGUERA RUIZ, todo de conformidad con el articulo 318 numeral 3º de nuestra Normativa Adjetiva Penal en concordancia con el numeral 1° del articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal . Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
En base a las argumentaciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano LENIN ALEXIS FIGUERAS RUIZ, todo de conformidad con el articulo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el numeral 1° del articulo 48 ejusdem.
Publíquese, diarícese, notifíquese la presente decisión y déjese copia de la misma.
DIOS Y FEDERACION
DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN
JUEZ DE JUICIO No. 1
LA SECRETARIA
ABG. FREYSELA GARCIA
Causa No. 1U/611/01
AOUM/Fg
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