REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE EL:
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
AL
JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
SE HACE SABER
MANDAMIENTO DE EJECUCION:
Que con motivo del Juicio seguido por ante este Tribunal bajo el N° 5.169-98, por la ciudadana: CARMEN AMELIA GIRON DONATE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.609.202, en contra de JOSE ZAMORA GIRON y DEL VALLE JOSEFINA PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-5.574.092 y V-9.994.864 respectivamente, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PRESTAMO DE USO; y en Ejecución de la Sentencia Definitivamente firme y ejecutoriada dictada en fecha 18/10/02; se dictó auto el día: Doce (12) de Diciembre del año dos mil dos (2.002), ordenando librar el presente Despacho a los fines que el Juez Ejecutor a quien corresponda, practique la ENTREGA MATERIAL, real y efectiva del inmueble objeto del presente juicio, libre de bienes y personas a la ciudadana CARMEN AMELIA GIRON, el cual se identifica como sigue: “ Casa Familiar, construida sobre un lote de terreno que es o fue de la Iglesia o del Templo de San José de Carayaca, ubicado en la Calle que conduce al sitio denominado Las Tejerías, detrás de la Iglesia de Carayaca, identificada con el número Catastral 01-05-04-01, de esta Parroquia del, Estado Vargas, cuyos linderos son: NORTE: Con calle en medio que conduce a Las Tejerías y la Iglesia Parroquial; SUR: Con terrenos que son o fueron de la Iglesia; ESTE: Con casa que es o fue de Bernardo Salazar; y OESTE: Con la calle La Iglesia y que mide aproximadamente ocho metros con sesenta centímetros de frente ( 8.60mts) por diez metros con veinticinco centímetros de fondo (10.25mts). Queda Usted, ampliamente facultado para nombrar Depositario Judicial , Perito Avaluador y Cerrajero y tomarles el Juramento Legal.-
Que el Apoderado Judicial de la Parte Actora es el ciudadano: Dr HECTOR RAMON ALVARADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.810, que la Parte Demandada ejecutada, estuvo asistida por el Dr. NELSON WILSON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.487, y no constituyó Apoderado Judicial en el Juicio.-
Que una vez recibido este Mandamiento le dará cabal cumplimiento y una vez practicada la Medida le devolverá original y sus resultas a este Juzgado.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio de las Parroquias Carayaca y El Junko de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en Carayaca, a los Quince (15) días del mes de Enero del año dos mil tres (2.003).- Años: 192° de la Independencia y 143° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. ANA TERESA AYALA POLEO
LA SECRETARIA SUPLENTE
ALBERTA QUINTERO PEDRON
EXP. N° 5.169-98.-