REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VERNEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 20 de enero de 2003

192° y 143°
Por recibida y vista el libelo de demanda proveniente de este mismo Juzgado Tercero de Municipio (Distribuidor de Turno, désele entrada y anótese en el libro respectivo. Y por cuanto de la revisión del presente libelo se evidencia que la misma no es contraria al orden Público, a las buenas costumbre ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la ADMITE. En consecuencia se ordena el emplazamiento de la parte demandada TALLER DE ZAPATERIA SOROCAIMA Z. S, en las personas del ciudadano: NISAR SAKKOUR, titular de la cedula de Identidad N ° 82.235.351, en su carácter de propietario , para que comparezcan por ante este Juzgado EL TERCER (3er) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, con el objeto de dar contestación a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara la ciudadana: TORREALBA GONZALEZ AURA ELVIRA en su contra; ello de conformidad con el artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo; dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despachó, es decir de 8:30 a.m. a 2:30 p.m. Líbrese boleta de citación y entréguese al Alguacil de ese Tribunal para que se sirva practicar la citación de la empresa demandada.-
EL JUEZ SUPLENTE


FRANCISCO J. RIOS BARRIOS.
LA SECRETARIA ACC.


SANTA ELENA LARA








REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 20 de enero de 2003


192° y 143°

(Boleta de Citación)

S E H A C E S A B E R:

Al Fondo de Comercio TALLER DE ZAPATERIA SOROCAIMA Z. S, en la persona del ciudadano: NISAR SAKKOUR, titular de la Cédula de Identidad N ° 82.235.351, en su carácter de propietario, parte demandada, que deberán comparecer por ante este Tribunal EL TERCER (3er) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, con el objeto de dar contestación a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara en su contra la ciudadana: TORREALBA GONZALEZ AURA ELVIRA, dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:30 a. m., a 2:30 p. m.-
Firmará al pie de la presente boleta en prueba de haber sido citado y de haber recibido copia certificada del libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pié.-


DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ SUPLENTE


FRANCISCO J. RIO BARRIOS


FIRMA: ______________C. I. N °___________FECHA:________ HORA:______
_________LUGAR:____________________________________________________________________________________________________________________
SANTA ELENA LARA, Secretaria accidental del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslados fiel y exacto de sus originales que corren insertos en el expediente N° 722, contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue la ciudadana: TORREALBA GONZALEZ AURA ELVIRA contra
el TALLER DE ZAPATERIA SOROCAIMA Z. S, y lo mismo se reproducen en conformidad con el artículo 112 del código de Procedimiento Civil. Maiquetía, 20 de enero de 2003-
LA SECRETARIA ACC

SANTA ELENA LARA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 20 de enero de 2003
192 ° y 143°
S E H A C E S A B E R:

Al Fondo de Comercio TALLER DE ZAPATERIA SOROCAIMA Z. S, en la persona del ciudadano: NISAR SAKKOUR, titular de la Cédula de Identidad N° 82.235.351, en su carácter de propietario, parte demandada, que deberá comparecer por ante este Juzgado EL Tercer (3er) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación. Dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:30a.m a 2:30p.m., a dar contestación a la demanda. Firmara al pie de la boleta de Citación en prueba de haber sido citado y de haber recibido copia certificada del libelo de la demanda.-///////////////////////////////////
EL JUEZ SUPLENTE

FRANCISCO J. RIO BARRIO
LA SECRETARIA ACC.