REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VERNEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 07 de Enero del año dos mil tres (2.003).-

192ª y 143ª

Por recibida y vista el libelo de demanda proveniente de este Juzgado Tercero de Municipio (Distribuidor de Turno) désele entrada y anótese en el libro respectivo. Y por cuanto de la revisión del presente libelo se evidencia que la misma no es contraria al orden Público, a las buenas costumbre ni a ninguna disposición expresa de la Ley este Tribunal actuando en sede Civil la ADMITE. En consecuencia se ordena el emplazamiento del demandado ciudadano: ROBERTO ENRIQUE CHACIN RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.055.135, para que comparezca por ante este Juzgado al Segundo (2do) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, ello de conformidad con el artículo 883 del Código de Procedimiento Civil con el objeto de dar contestación a la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO incoara la ciudadana: COVES DE ROLO AURELIA ANTONIA, en su contra. Dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:30 a.m. A 2:30 p.m. Compulsese libelo de la demanda con su auto de comparecencia al pié y entréguese al Alguacil de este Tribunal para que se sirva practicar la citación del demandado. Líbrese compulsa una vez conste en autos las copias simples a certificar.-
EL JUEZ SUPLENTE


FRANCISCO J. RIO BARRIOS
LA SECRETARIA


LEIDIS ROJAS
FJRB/Lr/jg.
EXP. N ° 716/02.-