PRONUNCIAMIENTO
Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, esta Corte Accidental de Apelaciones Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el DR. ARTURO GONZALEZ BARRIOS, en su condición de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del Auto dictado en fecha 30ENE2002, por el Juzgado Segundo de Control Sección Adolescentes, de este Circuito Judicial, mediante el cual anula las actuaciones policiales que generaron la aprehensión de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificados al inicio de la presente decisión, a quien el Ministerio Público imputa el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 278 del Código Penal, la cual queda CONFIRMADA.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia. Remítanse las actuaciones en su oportunidad legal al Tribunal de origen.
LA JUEZ PRESIDENTE
DRA. PATRICIA MONTIEL MADERO
LA JUEZ PONENTE LA JUEZ
DRA. AURISTELA SALAZAR DE M. DRA. NEIZA BERRIOS
LA SECRETARIA
ABG. ANA MARIA SOUSA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado .
LA SECRETARIA
ABG. ANA MARIA SOUSA
Exp. 1Aa-A-044-03
ASM/
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