REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.-------------
192° y 143°
SOLICITANTES: SIMON ROMERO VILORIA y YUDITH DE JESUS GUERRA DE ROMERO, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-3.611.164 y V-6.468.748 respectivamente
ABOGADO ASISTENTE: OLIMPIA MULLER PEÑA abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.79.932.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nro. 8278/02
SENTENCIA: DIFINITIVA
Por cuanto de autos se evidencia que la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil vigente formulada por los ciudadanos SIMON ROMERO VILORIA y YUDITH DE JESUS GUERRA DE ROMERO mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.611.164 y V-6.468.748 respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho OLIMPIA MULLER PEÑA abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 79.932, reúne todo los supuestos y requisitos allí previstos. Y admitida la presente solicitud por auto de fecha diecisiete (17) de diciembre del año dos mil dos (2002) y notificado el Fiscal Quinto (5to) del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Adolescente y Familia de esta Circunscripción Judicial Estado Vargas, la misma en fecha veintiséis (26) de febrero del presente año, diligenció a este Tribunal manifestando que los requisitos exigidos por la Ley se encuentran cumplidas a cabalidad y que se declare con lugar la presente solicitud de Divorcio es por lo que este Juzgador considera procedente el presente procedimiento. Y así se declara.--------------------
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circuns cripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos SIMON ROMERO VILORIA y YUDITH DE JESUS GUERRA DE ROMERO, ambas partes identificadas.-------------------------------------------
SEGUNDO: SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, contraído en fecha trece (13) de enero de mil novecientos setenta y cinco (1975) por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, del Estado Vargas. ---------------------------------------
DISUELVASE EL VÍNCULO MATRIMONIAL.
PUBLIQUESE y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.- En Maiquetía, a los veintisiete (27) días del mes de febrero del año dos mil tres (2003).-------------------------------------------------------------------------
La Juez,
Dra. Evelyna D’ Apollo Abraham
El Secretario,
Lennys Pinto Izaguirre
En la misma fecha se dictó, y publicó la anterior decisión siendo las diez y cuarenta de la mañana (10:40) a.m.
El Secretario,
Lennys Pinto Izaguirre
ED’AA/LPI/mfs
Exp.N° 8278/02
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