REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 13 de Febrero de 2003
192° y 143°
A los fines de proveer sobre la solicitud efectuada por la parte demandante en fecha trece (13) de febrero del año dos mil tres (2003), en cuanto a que se declare extemporáneo el escrito de contestación presentado por la parte demandada en fecha cuatro (04) de febrero del presente año, el Tribunal acuerda realizar su pronunciamiento en sentencia definitiva. Referente al computo solicitado por la actora en la diligencia antes mencionada, el Tribunal insta a la parte ha ser más específica en cuanto a desde que fecha a que fecha desea el computo. Asimismo, se ordena practicar el computo correspondiente desde el día veintiocho (28) de Enero del año Dos Mil Tres (2003) (fecha de la Notificación efectuada por el Alguacil) exclusive, hasta el día trece (13) de Febrero del año Dos Mil Tres (2003), inclusive.
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. VICTORIA VALLES BASANTA.
EL SECRETARIO
ARNALDO RODRIGUEZ
El suscrito ARNALDO RODRIGUEZ, Secretario Accidental del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, hace constar: Que desde el día veintiocho (28) de Enero del año Dos Mil Tres (2003) (fecha de la Notificación efectuada por el Alguacil) exclusive, hasta el día trece (13) de Febrero del año Dos Mil Tres (2003), inclusive, han transcurrido veintidós (22) días de Despachos exactos, los cuales fueron computados de la manera siguiente:
ENERO: Miércoles 29, Jueves 30, Viernes 31.
FEBRERO: Lunes 03, Martes 04, Miércoles 05, Jueves 06, Martes 11, Miércoles 12, Jueves 13.
EL SECRETARIO
ARNALDO RODRIGUEZ
VVB/AR/pierina.
Expediente N° 11062.