REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VAGAS

Maiquetía, 27 de Febrero de 2003
192° y 143°

Visto el escrito de pruebas presentado por la parte demandada, este Tribunal las admite salvo su apreciación en la sentencia definitiva. En cuanto al Capítulo I: Referente al mérito favorable de los autos, este Tribuna considera que en esta etapa del proceso no hay materia sobre la cual decidir, ya que está será apreciada en sentencia definitiva. En cuanto al Capítulo II: Referente al testigo promovido, este Tribunal comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los fines de que evacue el testimonio del testigo promovido. Asimismo, visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal las admite salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto al Capítulo Primero: Referente al mérito favorable de los autos, este Tribuna considera que en esta etapa del proceso no hay materia sobre la cual decidir, ya que está será apreciada en sentencia definitiva. En cuanto al Capítulo Segundo: Este Tribunal ordena oficiar a la Institución Oficial SENIAT, a los fines de que se sirva informar a este Juzgado lo solicitado por la parte actora en su escrito de Pruebas. Librese Oficio y Despacho. En cuanto al Capítulo Tercero: Referente a la exhibición de documento solicitada por el demandante, el Tribunal fija el cuarto (4to) día de despacho siguiente al presente auto, a los 9:00a.m., los fines de que se exhiba los documentos señalados por el demandante en su escrito de pruebas, haciendo la salvedad , que si el instrumento no fuera exhibido en el plazo indicado y no apareciere de auto prueba alguna de no hallarse en poder de su adversario, se tendrá como exacto el texto del documento, según lo establecido en el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al Capítulo Cuarto: Este Tribunal admite los instrumentos promovidos marcados con las letras “A”, “B” y “C”, salvo su apreciación en la definitiva.
LA JUEZ PROVISORIO
DRA. VICTORIA VALLES BASANTA
EL SECRETARIO
ARNALDO RODRIGUEZ
Expediente : 11240
VVB/AR/ pierina.