REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO
En horas de Despacho del Día de hoy, Veintisiete (27) de Febrero de 2003, siendo las Once y Treinta minutos de la mañana (11:30 am.) día y hora fijada por el Tribunal para que tenga lugar el acto de Posiciones Juradas que la parte Demandada absolverá a la parte actora, acordadas por este Tribunal en fecha Cinco (05) de Febrero del presente año, a solicitud de la parte Demandada. Constituido en este Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, la ciudadana DRA. VICTORIA VALLES BASANTA, en su carácter de Juez Provisorio, y el ciudadano ARNALDO RODRIGUEZ, en su carácter de Secretario Accidental. Se anunció el acto como es legal a las puertas del Tribunal y al anuncio hecho comparece una persona que estando legalmente juramentada, dijo ser y llamarse VARELA ALVAREZ LUIS, quien es Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-4.273.941, la Profesional del Derecho NINOSKA SOLORZANO, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49510, quien es Apoderada Judicial de la parte demandada. Asimismo se encuentra presente la Abogada REBECA MARGARITA ALBARRACIN MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.846, quien es Apoderada Judicial de la parte actora y parte formulante y expone: PRIMERA: Diga el absolvente como es cierto que el Trabajador EDGAR SAUL CHIRINOS renuncio a Aserradero Miramar el 08 de Junio de 2.002, es todo. CONTESTO: Es falso. SEGUNDA: Diga el absolvente si cancelo los montos de Antigüedad a EDGAR CHIRINOS, es todo. CONTESTO: Si. TERCERA: Diga el absolvente si tiene constancia escrita de haber cancelado el monto de Antigüedad, es todo. CONTESTO: Si los recibos que están en el expediente. CUARTA: Diga el absolvente si los recibos que el afirma que están en el expediente, corresponden a todos los años de servicio prestado por concepto de Antigüedad, es todo. CONTESTO: Si. QUINTA: Diga el absolvente cual es el nombre de la Empresa a la que pertenecía el camión en el cual estaba la mercancía sustraída por el señor EDGAR CHIRINOS. En este estado la Apoderada Judicial de la Demandada expone: Solicito al Tribunal releve al Absolvente de contestar la pregunta formulada por cuanto de conformidad con lo establecido en el artículo 409 del Código de Procedimiento Civil, las preguntas deben expresarse en forma asertiva, siempre en términos claros y precisos, le recuerdo a mi colega que este no es un acto de Testigos, si no una prueba de confesión, es todo. Seguidamente toma la palabra la Apoderada Judicial del actor y expone: Me opongo a la oposición de la parte demandada. En este estado el Tribunal expone: A lugar la oposición de la Apoderada Judicial de la Demandada y se ordena a que se reformule la pregunta, es todo. Diga el absolvente, como es cierto que él sorprendió al ciudadano EDGAR CHIRINOS, sustrayendo una mercancía de su empresa, es todo. CONTESTO: Es cierto. SEXTA: Diga el absolvente, como es cierto que Usted denuncio el hecho mencionado en la pregunta anterior, ante las autoridades Policiales, es todo. CONTESTO: No. SEPTIMA: Diga el absolvente como es cierto que él Trabajador EDGAR CHIRINOS devengaba salario mínimo establecido por el Ejecutivo Nacional, es todo. CONTESTO: Si, sueldo mínimo. OCTAVA: Diga el absolvente como es cierto que la Constancia de Trabajo para el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales consta que EDGAR CHIRINOS ganaba Ochenta y Tres Mil Setenta y Seis Bolívares (Bs.83.076,oo) mensuales, es todo. En este estado la Apoderada Judicial de la Demandada, expone: Solicito al Tribunal releve al absolvente de contestar la pregunta por cuanto no esta formulada en términos claros y precisos ya que no especifica a que constancia de Trabajo se refiere. En este estado la Apoderada Judicial del actor reformula la pregunta. Diga el absolvente como es cierto que la constancia de trabajo a que me refiero es la Constancia de Trabajo para el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, contentiva de los datos de la empresa que cursa en el folio seis (6) del presente expediente, es todo. En este estado la Apoderada Judicial de la demandada expone: Solicito al Tribunal releve al absolvente de contestar la pregunta, ya que la misma no esta formulada en términos precisos, ni mucho menos quedo así redactada al momento de reformularla, es todo. Toma la palabra la Apoderada Judicial de la parte actora y reformula nuevamente la pregunta de la siguiente manera: Diga el absolvente como es cierto, que en el documento denominado Constancia de Trabajo para I.V.S.S, que contiene los datos de la Empresa Aserradero Miramar, y firmada por Usted, consta de que EDGAR CHIRINOS, devengaba un salario mensual de 83.076,oo Bolívares para el último año de trabajo. En este estado la Apoderada Judicial de la Demandada toma la palabra: Me opongo a que el absolvente conteste la pregunta, por cuanto contiene más de un hecho a la vez y la Apoderada Judicial de la parte actora continua sin precisar el hecho al cual se refiere la pregunta. En este estado el Tribunal ordena al absolvente contestar la pregunta. CONTESTO: No se como contestar eso, ya que el último sueldo mínimo que ganaba era de 155.000, bolívares mensuales si mal no recuerdo, y sobre el documento e igualmente si lo firme no me acuerdo, no me acuerdo de los datos de la planilla o documento, es todo. NOVENA: Diga el absolvente como es cierto que EDGAR CHIRINOS renuncio a la empresa en forma expresa el 08 de Junio del año 2.002, es todo. CONTESTO: No. DECIMA: Diga el absolvente como es cierto, que existe constancia de que EDGAR SAUL renunció a Aserradero Miramar, es todo. CONTESTO: El renunció oralmente, es todo. Cesaron las preguntas. En este estado siendo las Doce y Treinta minutos del medio día se termina el presente acto de Posiciones Juradas. Es todo, Terminó, Se Leyó y Conformes Firman:
LA JUEZ PROVISORIO.,
DRA. VICTORIA VALLES BASANTA
LOS COMPARECIENTE:
PARTE DEMANDADA
LUIS VARELA ALVAREZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
ABG. NINOSKA SOLORZANO
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
ABG. REBECA MARGARITA ALBARRACIN MARQUEZ
EL SECRETARIO ACC.,
ARNALDO RODRIGUEZ
VVB/AR/lucia*
EXP: 11.265.-