REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, dieciocho (18) de Febrero del dos mil tres (2003).
191° y 1421°
Vista la anterior solicitud y los recaudos acompañados, presentada por la ciudadana: LUISANA JERESMI PONCE BOLIVAR, asistida por la Dra. ERIKA H. BOLIVAR B, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado Nº 72.846, se admite, désele entrada, fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. El Tribunal antes de proveer acerca de la Rectificación solicitada, ordena la notificación de la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, líbrese boleta de notificación y anexo a copia certificada de la solicitud, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la notificación. Dicha boleta y la copia certificada se expidirán una vez conste en autos los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA

Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.



En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 5552
LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES

MS/YP/ys.-