REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 19 de Febrero de 2003
192º y 143º
Vista la anterior solicitud RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, la cual quedó en éste Tribunal por sorteo efectuado en el Tribunal de turno y los recaudos acompañados, presentada por el ciudadano ANDRES JESUS FORMERINO MEDINA, Venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 2.789.746, asistido por la Dra. ALICIA ESCOBAR, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado Nº 47.984, por cuanto la misma no es contraria al orden público, ni a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo. El Tribunal antes de proveer acerca de la Rectificación solicitada, ordena la notificación del Representante del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el Articulo 132 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por Secretaría copia certificada del aludido escrito de solicitud, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, y con la respectiva Boleta, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la notificación, una vez conste en auto la consignación de los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,

DRA. MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA

YASMILA PAREDES

En la misma fecha se admitió y se le dio entrada quedando anotado bajo el Nº 5548.
LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES

MS/YP/Belkis